EDICTO
EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1° INST. CIV. COM. CONC. FLIA DE 1° NOM. SECRET. 1 DE VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRÉS OLCESE, en autos caratulados “FALDA DEL CARMEN S.A. – USUCAPIÓN – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN – EXPTE. N.º 12400558” HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “VILLA CARLOS PAZ, 24/06/2025. Por cumplimentado el pago de aportes de ley. Atento constancias de autos, provéase a la demanda de usucapión: I.- Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble Matrícula 817736 (31-01), Número de CUENTA DGR Pcia. de Córdoba 31-01-0741330-7. Nomenclatura Catastral 3101400101065003, que se describe como “LOTE DE TERRENO ubicado en el lugar denominado “Villa Sierras de Oro”, Secc. 1°, la que se encuentra situada a la altura de Km. 24 Camino a San Roque, en Ped. Calera N. del DPTO. SANTA MARÍA, Prov. de Cba., el que se designa en el plano respetivo como LOTE N° 3 de la MANZANA 65 y se compone de 15 mts. de frente por 40 mts. de fondo., encerrando una SUP.TOTAL de 600 mts2., y linda: al N., con el lote 2; al S., con el lote 4; al E., con parte de los lotes 7 y 8 de la misma manzana y al O., con calle Los Nogales”. II.- Cítese y emplácese al Sr. Raúl Luengo Cuesta, titular registral del inmueble objeto de usucapión, para que en el término de diez (10) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese el presente proveído a los domicilios que surgen de autos. III.- Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión, a cuyo fin publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora (Acordada 29 Serie “B” del 2 /12/2001) debiendo dicho diario ser de tiraje local y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. IV.- Cítese a los fines de su intervención si se consideran afectados en sus derechos, a la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad de Malagueño y al colindante Raúl Luengo Cuesta. V.- Líbrense edictos que deberán ser exhibidos en la Municipalidad de Malagueño, donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). VI.- Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo del actor, a cuyo fin ofíciese al Juzgado de Paz de Malagueño. Notifíquese. VII.- Atento la etapa procesal de los presentes obrados: Ofíciese al Registro de la Propiedad a los fines de la anotación de litis sobre el inmueble, a cuyo fin ofíciese, debiendo el interesado proceder a la confección y carga del referido oficio a los fines de su suscripción digital y posterior diligenciamiento electrónico”. FDO. GUTIERREZ Mariel Ester (SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA); OLCESE Andrés (JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA).
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: LOTE DE TERRENO ubic. en el lugar denominado Villa Sierras de Oro, Secc. 1º, la que se encuentra situada a la altura del Km. 24 Camino a San Roque, en Ped. Calera N. del DPTO. SANTA MARÍA, Prov. de Cba., el que se desig. en el plano respectivo como LOTE Nº 3 DE LA MANZANA 65 y se compone de 15 mts. de fte. por 40 mts. de fdo., encerrando así una SUP. TOTAL DE 600 MTS.2., y linda: al N., con el lote 2; al S., con el lote 4; al E., con parte de los lotes 7 y 8 de la misma mza. y al O., con calle Los Nogales. NOMENCLATURA CATASTRAL N.º 3101400101065003, N.º DE CUENTA DGR 31-01-0741330-7.
Edicto publicado en Boletín Oficial de la provincia de Córdoba: 10 días – Nº 607638 – s/c – 19/8/2025 – BOE.
EDICTO
EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1° INST. CIV. COM. CONC. FLIA DE 1° NOM. SECRET. 1 DE VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRÉS OLCESE, en autos caratulados “FALDA DEL CARMEN S.A. – USUCAPIÓN – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN – EXPTE. N.º 12400504” HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “CARLOS PAZ, 18/06/2025. Agréguese respuesta de oficio de Unidad Ejecutora, con noticia. Proveyendo a la demanda: Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble que se detalla como lote 11 de la manzana 53 (designación oficial) ubicado en Villas Sierras de Oro Sección Primera, a la altura del km. 24 del Camino a San Roque, Pedanía Calera, Departamento de Santa María, Provincia de Córdoba, inscripción dominial matrícula N° 973781; el que se tramitará como juicio ORDINARIO. Cítese y emplácese a Nélida Esther Rabano y/o sus sucesores – titular registral del inmueble objeto de usucapión – para que en el término de veinte dias comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. NOTIFIQUESE a los domicilios que surgen de autos. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión , a cuyo fin publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora (Acordada 29 Serie “B” del 2 /12/2001) debiendo dicho diario ser de tiraje local (atento la situación real del inmueble objeto de usucapión)y conforme lo dispone el art. 783 CPCC: — Cítese a los fines de su intervención si se consideran afectados en sus derechos a los colindantes: Camila Quindos Veiga, Alonso Menendez y Compañia SRL ( hoy «INMOBILIARIA DE CÓRDOBA S.R.L.” ), la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de Malagueño. Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en dicha municipalidad, donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva.(art. 785 CPCC) . Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo del actor, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de justicia. Notifíquese. Atento a lo dispuesto por el art 1905 CCCN, ofíciese a los fines de la anotación de litis sobre el inmueble objeto de los presentes”. FDO. GUTIERREZ Mariel Ester (SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA); OLCESE Andrés (JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA).
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Fracción de terreno ubicada en el lugar denom. Va. Sierras de Oro – Sec. 1ra., la que se encuentra a la altura del Km. 24 del Camino a San Roque, en Ped. Calera, del DPTO. SANTA MARÍA, de esta Prov. de Cba., y que en el plano respectivo se desig. como LOTE Nº 11 DE LA MANZANA 53, se compone de 20mts. de frente por 20 mts. de fondo, o sea una SUP. TOTAL de 400MTS2., y linda: al N., con parte del lote 13, al S., con calle “Los Cedros”, al E., con el lote 12 y al O., con parte del lote nº 10. NOMENCLATURA CATASTRAL N.º 3101400101053011, N.º DE CUENTA DGR 31-01-0742530-5.
Edicto publicado en Boletín Oficial de la provincia de Córdoba: 10 días – Nº 605522 – s/c – 5/8/2025 – BOE.
EDICTO
EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1° INST. CIV. COM. CONC. FLIA DE 1° NOM. SECRET. 1 DE VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRÉS OLCESE, en autos caratulados “FALDA DEL CARMEN S.A. – USUCAPIÓN – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN – EXPTE. N.º 10940731” HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “CARLOS PAZ, 13/06/2025. Al escrito que antecede: Agréguese la constancia acompañada. Por cumplimentados los aportes de ley. Proveo la presentación de fecha 17/03/2025: I) Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble que se detalla según informe de dominio como: “Matricula 1.029.027, FRACCIÓN DE TERRENO: ubicada en el lugar denominado “Sierras de Oro”, en Ped. Calera del departamento Santa María de esta Provincia de Córdoba, y se designa como Lote Numero 14 de la Manzana 37”. Dese trámite de juicio ordinario. II) Cítese y emplácese al Sr. Adolfo Abdala Joaquín (titular registral) y a las herederas del Sr. Isaac Joaquín (titular registral) Sras. Regina Atach y/o sus sucesores y Elisa Isaac Joaquín, para que en el término de diez días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. III) Asimismo, cítese y emplácese por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión. A cuyo fin, publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora (Acordada 29 Serie “B” del 2/12/2001) debiendo dicho diario ser de tiraje local (atento la situación real del inmueble objeto de usucapión) y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. IV) Cítese a los fines de su intervención – si se consideran afectados en sus derechos- a la “Provincia de Córdoba”, a la “Municipalidad de Malagueño” y a los colindantes: 1) Sra. Regina Atach -hoy su sucesión-, 2) Elisa Isaac Joaquín, 3) Adolfo Abdala Joaquín, 4) ITZ S.A y 5) Guillermo Fabián Blanco. Su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. V) Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en la Municipalidad de Malagueño donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la parte actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). VI) Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá ubicar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de la actora, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de justicia. Notifíquese a los domicilios que constan en autos. VII) Conforme lo dispone el artículo 1905 del CCCN para esta clase de juicios, ofíciese a los fines de proceder a la Anotación de Litis en relación al inmueble objeto de la presente causa. Sin perjuicio de la publicación de edictos ordenada, notifíquese el presente a los domicilios resultantes de las medidas preparatorias. Notifíquese. VII) Atento surgir de la Matricula acompañada que existe un embargo trabado sobre el inmueble que se pretende usucapir, Exhórtese a la Secretaria de Gestión Común de Ejecución Fiscal N° 1 de la ciudad de Córdoba, a fin de que en los autos caratulados «Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba c/ Abdala, Joaquín Adolfo -Ejecución Fiscal— Expte. 10172140» el Tribunal tome razón de la presente acción de usucapión”. FDO. GUTIERREZ Mariel Ester (SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA); OLCESE Andrés (JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA).
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Fracción de terreno ubicada en el lugar denominado “Sierras de Oro”, en Ped. Calera del DEPARTAMENTO SANTA MARÍA de esta Provincia de Córdoba y se designa como LOTE NÚMERO CATORCE de la MANZANA TREINTA Y SIETE y se compone de 14mts. de frente, por 32 mts. de fondo, encerrando una SUP. TOTAL de CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MTS2., y linda: al N. con los lotes uno y dos, al S. lote 13, al E. con el lote 5 y al O. con el camino Provincial a La Falda del Carmen y Alta Gracia. NOMENCLATURA CATASTRAL N.º 3101400102037014, N.º DE CUENTA DGR 31-01-0577502-3.
Edicto publicado en Boletín Oficial de la provincia de Córdoba: 10 días – Nº 604800 – s/c – 30/7/2025 – BOE.
EDICTO
EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1° INST. CIV. COM. CONC. FLIA DE 1° NOM SECRET. 1 DE VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRES OLCESE, en autos caratulados “FALDA DEL CARMEN S.A.- USUCAPIÓN- EXPTE. N° 10931223” HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “VILLA CARLOS PAZ, 15/04/2024. Proveo las presentaciones anteriores I) Por iniciado el proceso de usucapión por parte de “FALDA DEL CARMEN SA” del inmueble que se detalla conforme designación oficial como “FRACCIÓN DE TERRENO: ubicada en el lugar denominado “Villa Sierras de Oro” Sección Segunda la que se encuentra ubicada a la altura del Km 24 del camino a San Roque, en Ped. Calera, DPTO. SANTA MARIA de esta Prov. de Cba., y que en el plano respectivo se designa como LOTE 14 MZA 36, y se compone de 14 mts. de frente por 43 mts. de fondo o sea una SUP. TOTAL, DE 602,00 m2 y linda al N con parte del lote 9, al S, con calle Los Robles al E, con el lote 13 y al O., con el lote 15, todos de la misma mza.» MATRÍCULA Nº 1166407. Número de CUENTA DGR Pcia. de Córdoba 31-01-0741283-1. Nomenclatura Catastral 3101400102036014. Dese trámite de juicio ordinario. II) Cítese y emplácese a los Sres. JUAN NICOLÁS SANAGUA y MARGARITA GONZALEZ de SANAGUA y/o sus sucesores -titulares registrales del inmueble objeto de usucapión-, para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, debiendo notificarse en los domicilios que surgen de los informes. Atento que sobre el inmueble objeto de usucapión pesa una garantía real de hipoteca, cítese y emplácese al acreedor hipotecario «Lambertini y Compañía SRL» en el plazo fijado en el presente proveído, a los fines que ejerza sus derechos, debiendo a tal fin el actor denunciar su domicilio real o, en su caso, practicar las diligencias necesarias a los fines de conocer el mismo y a efectos de su citación directa. III) Asimismo, cítese y emplácese por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión. Para lo cual, publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora (Acordada 29 Serie “B” del 2 /12/2001) debiendo dicho diario ser de tiraje local (atento la situación real del inmueble objeto de usucapión) y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. IV) Cítese a los fines de su intervención -si se consideran afectados en sus derechos- a la “Provincia de Córdoba”, a la “Municipalidad de Malagueño” y a los colindantes: 1) Miguel Ángel Bustos Argañaras, 2) Marcos David Guevara, 3) María Verónica Ruiu, 4) Juan Nicolás Sanagua y Margarita González. Su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. V) Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en la Municipalidad de Malagueño, donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la parte actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). VI) Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá ubicar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de la actora, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia. VII) Conforme lo dispone el artículo 1905 del CCCN para esta clase de juicios, ofíciese a los fines de proceder a la Anotación de Litis en relación al inmueble objeto de la presente causa. Sin perjuicio de la publicación de edictos ordenada, notifíquese el presente a los domicilios resultantes de las medidas preparatorias. NOTIFÍQUESE. FDO. OLCESE ANDRÉS JUEZ PRIMERA INSTANCIA. ANGELI LORENA PAOLA PROSECRETARIO/A LETRADO.
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: FRACCIÓN DE TERRENO, ubicada en el lugar denominado Villa “Sierras de Oro” Sección Segunda la que se encuentra ubicada a la altura del Km. 24 del camino a San Roque, en Ped. Calera, DPTO SANTA MARIA, Pcia de Cba, y que en el plano respectivo se designa como LOTE 14 MZA 36, y se compone de 14 mts de frente por 43 mts de fondo o sea una SUP. TOTAL DE 602 MTS.2, y linda. al N., con parte del lote 9, al S., con calle Los Robles al E., con el lote 13 y al O., con el lote 15 todos de la misma mza. NOMENCLATURA CATASTRAL N.º 3101400102036014, N.º DE CUENTA DGR 31-01-0741283-1.
Edicto publicado en Boletín Oficial de la provincia de Córdoba: 10 días – Nº 531297 – s/c – 1/7/2024 – BOE.
EDICTO
EL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE 1° INST. CIV. COM. CONC. FLIA DE 1° NOM. SECRET. 1 DE VILLA CARLOS PAZ, DR. ANDRÉS OLCESE, en autos caratulados “FALDA DEL CARMEN S.A. – USUCAPIÓN – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN – EXPTE. N.º 9276996” HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: “VILLA CARLOS PAZ, 25/06/2025. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente la rectificación de la demanda en relación a los sujetos pasivos. A la presentación de fecha 06/02/2023: Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble que se detalla como lote 100 (según plano) y lote 11 (según matrícula) de la manzana 45, antecedente dominial 33072 F° 3965/1956 (matrícula 1131806), ubicado en Villa Sierras de Oro Segunda Sección sita en Pedanía Calera del Departamento de Santa María de la Provincia de Córdoba, al que se le imprimirá trámite de JUICIO ORDINARIO. Cítese y emplácese a la sucesión de Diana María Gerez y la sucesión de Ernestina Herrera de Gerez en su carácter de herederas declaradas como tales del titular registral del inmueble de autos, Sr. Juan Magdaleno Gerez -fallecido- para que en el término de veinte (20) días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. NOTIFIQUESE a los domicilios que surgen de autos. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión, a cuyo fin publíquense edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la parte actora (A.R. N° 29 Serie “B” del 2/12/2001), debiendo dicho diario ser de tiraje local (atento la situación real del inmueble objeto de usucapión) y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. Cítese a los fines de su intervención si se consideran afectados en sus derechos a los colindantes: Cecilia Isabel Pizarro, Jonathan Cristopher Corzo González; Carla Verónica Buzzi, Juan Martín García y Miguel Ángel Rubial; a la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de Malagueño. Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en dicha Municipalidad y Juzgado de Paz, donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la actora acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo del actor, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia (art. 786 CPCC). Notifíquese. Atento a la naturaleza de la acción deducida y lo dispuesto por el art. 1905 CCCN, procédase a la anotación de bien litigioso a cuyo fin: ofíciese.-”. FDO. GUTIERREZ Mariel Ester (SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA); OLCESE Andrés (JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA).
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: LOTE DE TERRENO, ubicado en la SECCIÓN SEGUNDA de “Villa Sierras de Oro” que se encuentra a la altura del Km. 729 de la Ruta Nacional N.º 20, en Ped. Calera Norte, DPTO. SANTA MARÍA, Prov. de Cba. designado con el NÚMERO 11 MZA 45 con frente a la calle Obispo Trejo y Sanabria, que mide 15mts de frente por 35mts de fondo o sea 525 MTS.2, lindando: al S., calle Obispo Trejo y Sanabria, al E., lote 10, al O., fondos lotes 12 y 13 y al N., lote 14. NOMENCLATURA CATASTRAL N.º 3101400102045011, N.º DE CUENTA DGR 31-01-0804816-5.
Edicto publicado en Boletín Oficial de la provincia de Córdoba: 10 días – Nº 606701 – s/c – 12/8/2025 – BOE.
